Antes de comenzar la exposición correspondiente a la presente comparecencia, que coincide con el inicio de la legislatura, quiero expresarles mi deseo de que acierten en el ejercicio de sus responsabilidades, con el convencimiento de que ello ha de redundar en beneficio de las personas de Castilla y León.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley reguladora del Procurador del Común, el pasado 12 de junio entregué al Presidente de las Cortes y al resto de miembros del Pleno el Informe anual correspondiente al año 2025, y ahora comparezco ante sus Señorías para exponer un resumen de la actividad que hemos realizado el pasado año, según establece el artículo 32 del mismo texto legal.
Referiré, en una primera aproximación, una serie de datos generales que permitan conocer la actividad desarrollada por la Institución a lo largo del pasado año.
Pues bien, han sido 6.267 las personas que se han dirigido al Procurador del Común para presentar sus quejas, lo que ha dado lugar a la apertura y tramitación de otros tantos expedientes. No obstante, computamos 2.206 quejas, lo que se debe a que 4.078 expedientes han sido tramitados como consecuencia de la presentación de 17 reclamaciones que hemos considerado como quejas múltiples, dado que estas 17 quejas múltiples, aunque cuentan a efectos estadísticos como 17 quejas, cada una de ellas ha sido promovida por una pluralidad de personas, y cada una de estas personas ha dado lugar a la apertura y tramitación de un expediente individual; de ahí el distinto número de quejas computadas y de expedientes tramitados.
A las 2.206 quejas que, como he indicado, hemos recibido, y que han dado lugar a la apertura y tramitación de 6.267 expedientes, hay que añadir 143 actuaciones promovidas de oficio, lo que ha supuesto la apertura de otros tantos expedientes. Consecuentemente, en síntesis, hemos recibido 2.206 quejas, hemos promovido 143 actuaciones de oficio y hemos tramitado un total de 6.410 expedientes.
Derivadas tanto de expedientes de queja, como de actuaciones de oficio, a fecha de 31 de diciembre de 2025 habíamos dictado 1.333 resoluciones. De las cuales, en 230 motivamos el archivo de los expedientes al no haber apreciado ninguna irregularidad en la actuación de las administraciones o entidades públicas correspondientes; contrariamente, mediante 1.103 resoluciones efectuamos recomendaciones, recordatorios de deberes legales o sugerencias a las administraciones o entidades públicas a las que nos dirigimos.
A fecha de 28 de febrero de 2026, que es la que consideramos, a los efectos del presente informe, para determinar la aceptación o rechazo de las resoluciones dictadas en 2025, habíamos recibido 865 contestaciones, correspondientes al 78,42 por ciento de las resoluciones emitidas; habiendo sido aceptadas las recomendaciones, recordatorios o sugerencias que formulamos en 730 ocasiones (el 84,39 por ciento de ellas), de las cuales 650 lo fueron en su totalidad (el 75,14 por ciento) y 80 parcialmente (el 9,25 por ciento). En cambio, fueron rechazadas en 135 casos, representativos del 15,61 por ciento de las contestaciones que recibimos.
Refiriéndonos a continuación exclusivamente a las resoluciones formuladas a partir de las quejas recibidas, emitimos 1.009, de las cuales 819 contenían recomendaciones, sugerencias o recordatorios dirigidos a las correspondientes administraciones o entidades públicas, sobre las que éstas, a fecha de 28 de febrero de 2026, ya habían manifestado su postura en 646 ocasiones, representativas del 78,88 por ciento; contrariamente, 85 resoluciones, es decir, el 10,38 por ciento, estaban aún pendientes de contestación y en plazo para hacerlo a esa misma fecha; habíamos archivado, en cambio, otros 85 expedientes sin haber obtenido respuesta a las resoluciones emitidas, pese a haber finalizado el plazo para responder, representativas del 10,38 por ciento de las formuladas. En fin, también cerramos sin respuesta a nuestras resoluciones otros 3 expedientes, uno de ellos por haber sido resuelto el problema con anterioridad a que la correspondiente administración hubiera manifestado su postura ante nuestra resolución, y otros 2 a solicitud de los interesados.
De las 646 resoluciones dictadas que han recibido contestación en expedientes de queja, han sido aceptadas el 80,34 por ciento, habiéndolo sido en su integridad un 69,66 por ciento; de aceptación parcial lo han sido un 10,68 por ciento; y fueron rechazadas un 19,66 por ciento. Dictamos, además, 190 resoluciones motivando no haber apreciado ninguna irregularidad en la actuación de la administración o entidad pública correspondiente.
Con referencia ahora a las actuaciones de oficio, a lo largo de 2025, como ya he indicado, promovimos 143 y dictamos 324 resoluciones dirigidas a las correspondientes administraciones o entidades públicas. Mediante 284 resoluciones formulamos recomendaciones, recordatorios de deberes legales o sugerencias a dichas administraciones o entidades. A fecha de 28 de febrero de 2026, habíamos recibido 200 comunicaciones aceptando en su totalidad las resoluciones dictadas, 11 de aceptación parcial y 8 de rechazo. De 32 resoluciones, a esa misma fecha, aún no habíamos recibido contestación, si bien las administraciones o entidades públicas destinatarias se encontraban aún en plazo de hacernos llegar sus respuestas, y en 33 casos lamentablemente tuvimos que archivar los expedientes sin conocer las posturas de las correspondientes administraciones ante nuestras resoluciones. Todo ello ha supuesto la aceptación del 96,35 por ciento de las resoluciones dictadas en expedientes de oficio, habiéndolo sido en su integridad un 91,32 por ciento; parcialmente fueron aceptadas un 5,02 por ciento; y fueron rechazadas un 3,65 por ciento. Se han dictado, asimismo, 40 resoluciones motivadas de archivo por inexistencia de irregularidad en la actuación pública.
Expuestos los datos más significativos, indicaré seguidamente el número de quejas tramitadas considerando las diferentes áreas en las que dividimos nuestro trabajo, con una breve referencia a las quejas múltiples que hemos tramitado en algunas áreas.
- En el área de Administración Local recibimos 504 quejas (el 22,85% del total). Tramitamos 3 quejas múltiples, presentadas cada una de ellas por 12 personas frente al Ayuntamiento de Castrocalbón, en la provincia de León: en una se manifestaba la disconformidad por el momento en que fueron publicadas las cuentas municipales de 2024, otra en relación con la solicitud de una asamblea informativa sobre la gestión del incendio forestal ocurrido en agosto y la tercera denunciando la inoperatividad de hidrantes y otros medios municipales contra incendios.
- En el área de Fomento, recibimos 294 quejas (el 13,33%). De ellas 2 fueron quejas múltiples, una presentada por 248 personas sobre la falta de limpieza de fincas y solares en el municipio de Marugán, en la provincia de Segovia, y la otra sobre la misma temática, presentada por 12 personas en relación con el municipio de Castrocalbón.
- En el área de Empleo Público nos fueron presentadas 238 quejas (el 10,79). Recibimos 4 quejas múltiples, presentadas por 173 personas, sobre la reclasificación profesional de distintas categorías de personal laboral de la Junta de Castilla y León, en concreto, 38 de la categoría de Ayudante Técnico Educativo, 108 de Técnico Superior de Educación Infantil, 11 de Técnico de Laboratorio y 16 de Fisioterapeuta; otra queja múltiple fue presentada por 52 reclamantes sobre las condiciones laborales y retributivas del personal supervisor de enfermería; y, finalmente, otra más fue firmada por 35 personas sobre la integración en la condición de personal estatutario de trabajadores del Centro de Hemoterapia y Hemodonación de Castilla y León.
- En el área de Sanidad y Consumo recibimos 230 quejas (el 10,43%). Una de ellas fue considerada queja múltiple al haber sido presentada por 476 personas sobre la prestación del servicio de pediatría en el Centro de Salud de Cistierna, en la provincia de León.
- En el área de Medio Ambiente, nos fueron remitidas 223 quejas (el 10,11%). Una como queja múltiple, al haber sido presentada por 2.962 personas sobre el proyecto de instalación de una planta de biomasa en el barrio de La Lastra, en la ciudad de León; y otra más promovida por 12 personas sobre la actuación municipal durante el incendio forestal que afectó al municipio de Castrocalbón.
- En el área de Interior y Justicia recibimos 163 quejas (el 7,39%). Tramitamos una queja múltiple, presentada por 12 personas, en relación con el estado de tramitación del plan de emergencias ante incendios forestales del Ayuntamiento de Castrocalbón.
- En el área de Familia, Igualdad de Oportunidades y Juventud tuvimos 148 quejas (el 6,71%). Una de ellas fue considerada queja múltiple, al haber sido presentada por 21 personas, con relación al sistema de protección de menores.
- En el área de Educación recibimos 125 quejas (el 5,67%). Una de ellas presentada por 39 personas, que tramitamos como queja múltiple, sobre el servicio de transporte escolar que afectaba al Instituto de Enseñanza Secundaria Merindades de Castilla, en Villarcayo, en la provincia de Burgos.
- En el área de Hacienda tuvimos 102 quejas (el 4,62%).
- En el área de Industria, Comercio, Empleo, Seguridad Social y Prestaciones fueron 94 quejas (el 4,26%).
- En el área de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural recibimos 49 quejas (el 2,22%).
- Y en el área de Cultura, Turismo y Deportes nos fueron presentadas 36 quejas (el 1,63%).
Considerando la procedencia geográfica de las personas que han presentado las quejas o de sus representantes, León ha sido la provincia que ha aportado un mayor número de quejas, concretamente 524, que representan el 23,75 por ciento del total; seguida de la provincia de Valladolid, con 339 quejas (el 15,35 por ciento); Burgos, 219 quejas (el 9,93 por ciento); Palencia, 164 quejas (el 7,43 por ciento); Ávila, 143 quejas (el 6,48 por ciento); Salamanca, 139 quejas (el 6,30 por ciento); Segovia, 114 quejas (el 5,17 por ciento); Zamora, 110 quejas (el 4,99 por ciento); y Soria, 77 quejas (3,49 por ciento).
También recibimos 260 quejas (el 11,79 por ciento), remitidas por ciudadanos que no hacían constar su procedencia, pues este dato no es imprescindible para que tramitemos la queja, siempre que la persona que la presenta resulte plenamente identificada. 112 quejas (el 5,08 por ciento) fueron presentadas por personas de otras provincias ajenas a la Comunidad. 3 quejas (0,14 por ciento) fueron presentadas por varios firmantes residentes en distintas provincias; y, por último, 2 quejas (el 0,09 por ciento) fueron presentadas por personas residentes en el extranjero.
Con referencia a los tipos de Administraciones concernidas por las quejas, la distribución fue la siguiente:
- De las actuaciones de las Administraciones locales nos llegaron 1.190 quejas, que representan el 53,94 por ciento del total de las recibidas. De ellas:
* 1.070 se referían a ayuntamientos (el 89,92 %)
* 65 a diputaciones provinciales (el 5,46 %)
* 53 a entidades locales menores (el 4,45 %)
* 2 a mancomunidades (el 0,17 %)
- En relación con la actuación de la Administración autonómica hemos recibido 771 quejas, que representan el 34,95 por ciento del total.
- De la actuación de la Administración del Estado recibimos 168 quejas, representativas del 7,62 por ciento, que fueron trasladadas al Defensor del Pueblo después de comprobar que reunían los requisitos legalmente previstos, dado que no estamos habilitados para tramitar y resolver reclamaciones presentadas frente a la Administración del Estado.
- Otras 39 quejas afectaban a la Administración de Justicia, 29 hacían referencia a discrepancias entre particulares, y 9 quejas se referían a otras entidades u organismos sobre las que, conforme a la normativa reguladora del Procurador del Común, no podemos ejercer nuestras funciones de supervisión, por lo que en cada caso se dio el trámite correspondiente; en su conjunto, representaban el 3,49 por ciento de las quejas recibidas.
A partir de los datos predominantemente numéricos que he expuesto con objeto de ofrecer una idea global de la actividad desarrollada por la Institución durante el pasado año, expondré una síntesis de lo actuado en 2025.
Empleo público
En relación con el empleo público nos fueron presentadas 238 quejas; 6 de ellas fueron múltiples, a las que ya me he referido, y que dieron lugar a la apertura de 260 expedientes. Emitimos 58 resoluciones.
Administración autonómica
Más específicamente, en relación con el empleo público de la Administración autonómica, recibimos 54 quejas y emitimos 19 resoluciones, de las cuales me referiré a 7, todas ellas dirigidas a la Consejería de la Presidencia.
3 resoluciones relativas, respectivamente, a las categorías de Telefonista, Técnico-a Superior en Educación Infantil y Técnico-a de Laboratorio. En ellas, a la vista del transcurso del plazo máximo de entrada en vigor de la reclasificación, previsto en el convenio colectivo, es decir, el 1 de enero de 2025, instamos a la Consejería a impulsar las negociaciones en el seno de la mesa a la que se refiere el convenio para que, conforme a lo que son sus funciones, estudie, valore económicamente y proponga la integración en los grupos de clasificación. Las 3 resoluciones fueron aceptadas.
También a la misma Consejería formulamos otras 4 resoluciones, que fueron también aceptadas, con los siguientes contenidos:
En una cuestionamos la Resolución de 26 de septiembre de 2024 por la que se convocan procesos selectivos para el ingreso en los cuerpos administrativo y auxiliar, en concreto, la base 9.3, que disponía que “La celebración del ejercicio de ambos procesos se realizará el mismo día y hora”, al entender que, en las futuras convocatorias de procesos selectivos con requisitos similares, entre otros, para el ingreso en los cuerpos administrativo y auxiliar, y, salvo que concurran circunstancias excepcionales, deben coordinarse las fechas de las pruebas para favorecer la participación de todos los interesados en los diferentes procesos.
En otra resolución recomendamos a la Consejería que agilizara la convocatoria del concurso para la provisión de puestos de trabajo reservados al cuerpo facultativo superior sanitario, en concreto para veterinarios, con la finalidad de hacer efectivos los derechos a la promoción profesional y a la movilidad funcional y geográfica.
En otras 2 resoluciones nos referíamos a las bolsas de empleo. En una instamos a la Consejería a agilizar la aprobación y publicación de las relaciones definitivas de candidatos de la bolsa del cuerpo auxiliar convocada por Orden de 13 de junio de 2023, y, en la otra, a valorar la convocatoria del proceso selectivo para la constitución de la bolsa de empleo del cuerpo facultativo superior, en concreto para biólogos.
Además formulamos otras 2 resoluciones dirigidas a la Consejería de la Presidencia, dictadas en sendas actuaciones promovidas de oficio.
En una de ellas sugerimos la modificación del Decreto 59/2013, de 5 de septiembre, por el que se regula la jornada, el horario, las vacaciones, los permisos y las licencias de los empleados públicos con objeto de incorporar a dicha norma la adaptación de la jornada de trabajo por finalización de tratamientos médicos para favorecer la plena recuperación. La Consejería aceptó nuestra sugerencia.
En la otra resolución sugerimos que fuera incluido en el artículo 13 del entonces Proyecto de Decreto sobre el teletrabajo, entre los “criterios preferentes de prestación de servicios mediante teletrabajo” el encontrarse en proceso de recuperación por tratamientos oncológicos y enfermedad muy grave. En este caso, la Consejería de la Presidencia rechazó nuestra sugerencia.
Administración local
En relación con la Administración local fueron 75 quejas las recibidas y emitimos 8 resoluciones. De ellas me referiré a una queja que ha sido recurrente por el incumplimiento por las entidades locales de los plazos establecidos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. En concreto, la resolución que dictamos puso fin a un expediente, al que acumulamos otros 9, y en ella recomendamos al Ayuntamiento al que nos dirigimos que adoptara las medidas necesarias para la agilización del procedimiento, entre otras la reducción de plazos, la digitalización de dichos procesos y, en su caso, la encomienda de la gestión a la Diputación provincial. Nuestra resolución fue aceptada.
Empleo público docente
En relación con el empleo público docente registramos 40 quejas y emitimos 18 resoluciones.
Una de las resoluciones que dictamos fue dirigida a la Consejería de la Presidencia, con la recomendación de que procediera a la actualización de las indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, puesto que, salvo para los gastos de viaje por uso de vehículo particular, se vienen manteniendo las indemnizaciones previstas en virtud de un acuerdo adoptado en el año 2007. La resolución fue aceptada, con la indicación de que se procedería a llevar a cabo dicha actualización teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias.
Empleo público sanitario
Con referencia al empleo público sanitario recibimos 58 quejas y formulamos 5 resoluciones.
En el marco de un expediente, al que acumulamos otros 5, analizamos la problemática que afectaba a 6 enfermeras internas residentes que habían superado el proceso para ingreso en la competencia de enfermero/a, a las cuales se les negaba la posibilidad de acogerse a la excedencia voluntaria por incompatibilidad. En nuestra resolución, que remitimos a la Consejería de la Presidencia, pusimos de manifiesto la necesidad de plantear, en el correspondiente procedimiento negociador, la modificación del artículo 115. 4 del convenio colectivo de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, dado que impide que el desempeño de puestos como funcionario interino o como personal laboral temporal habilite para pasar a la situación de excedencia voluntaria por incompatibilidad, con la finalidad de que la situación de excedencia pueda alcanzar a los trabajadores temporales. La Consejería aceptó nuestra resolución.
Régimen jurídico de las Entidades locales
En las materias que integramos bajo la denominación “Régimen jurídico de las entidades locales”, hemos recibido 231 quejas y hemos dictado 81 resoluciones.
En 5 resoluciones resolvimos otras tantas quejas relacionadas con los procedimientos de aprobación de los presupuestos y de las cuentas municipales, en las que recordamos el deber de las entidades locales de facilitar la consulta durante su tramitación, publicar los documentos en el portal web o sede electrónica y efectuar su aprobación en los plazos legalmente previstos. De las 5 resoluciones dictadas 3 fueron aceptadas y 2, dirigidas al mismo municipio, no fueron objeto de respuesta.
En otras 5 resoluciones, dictadas a partir de otras tantas quejas en las que se nos pedía que interviniéramos ante las correspondientes entidades locales al no tener actualizados o estructurados los contenidos de sus portales de transparencia o bien porque no anonimizaban los datos personales de determinados acuerdos que habían publicado, instamos a las administraciones correspondientes a incluir en sus portales las actuaciones más recientes, a ordenar la información para facilitar su localización y a eliminar los datos personales protegidos. Las 5 resoluciones emitidas fueron aceptadas, una de ellas parcialmente.
Propiamente sobre el funcionamiento de las entidades locales y el estatuto de sus miembros, hemos dictado 37 resoluciones, en las que hemos insistido en el cumplimiento de ciertas reglas básicas sobre el funcionamiento de las corporaciones locales, tales como la obligación de convocar a los corporativos en las fechas predeterminadas, permitir que ejerzan sus derechos de participación e información, así como desarrollar las funciones de control en su calidad de representantes. De las 37 resoluciones formuladas, 20 fueron aceptadas, una de ellas parcialmente, 6 rechazadas y de 11 no obtuvimos respuesta.
En cuestiones relativas a la contratación local dictamos 5 resoluciones, en las que hemos recordado, entre otras reglas de obligado cumplimiento, el deber de controlar la ejecución de los contratos como medio para garantizar la eficiencia del gasto público. De las 5 resoluciones emitidas 3 fueron aceptadas, una fue rechazada y otra no obtuvo respuesta.
En asuntos relacionados con la expropiación forzosa, hemos tenido que recordar mediante 3 resoluciones lo que es obvio, es decir, que no se puede ocupar una propiedad privada para ejecutar una obra pública sin haber tramitado el procedimiento expropiatorio correspondiente, proceder que supone una actuación incursa en vía de hecho contraria a la legalidad. De las 3 resoluciones dictadas, una fue aceptada en su totalidad, otra parcialmente y una tercera rechazada.
Bienes y servicios de las entidades locales
En relación con la gestión de los bienes y prestación de servicios por las entidades locales recibimos 272 quejas e iniciamos 111 actuaciones de oficio, una parte importante de las mismas de temática coincidente. Como resultado de la tramitación de las quejas formulamos 200 resoluciones. Además dictamos otras 100 resoluciones en actuaciones de oficio.
Un año más debemos destacar el elevado número de reclamaciones recibidas por la inactividad de las administraciones locales en la defensa de los bienes de que son titulares, sobre todo de los considerados de dominio público, por ejemplo frente al cierre de caminos, ocupación de calles o aceras y utilización de inmuebles sin autorización de la entidad titular. Las resoluciones que dictamos en estos casos en general han sido aceptadas y, además, nos reconforta constatar que normalmente contribuyen a pacificar la convivencia vecinal.
El aprovechamiento de los bienes comunales también ha sido, un año más, fuente de controversias que han sido llevadas a la Defensoría mediante la presentación de las quejas correspondientes. Así, por ejemplo, hemos tramitado algunos expedientes por la imposición de determinados requisitos no previstos legalmente para poder acceder al aprovechamiento de estos bienes o por la aplicación de ordenanzas municipales que no habían adquirido plena eficacia jurídica. Supuestos en los que mediante nuestras resoluciones hemos recordado a las correspondientes corporaciones locales que la gestión de los bienes comunales debe ajustarse estrictamente a la legalidad y, en su caso, a la costumbre local, y en ningún caso cabe la imposición de restricciones al derecho de acceso a su aprovechamiento por los vecinos en régimen de igualdad, salvo que ello se realice mediante una decisión ajustada a Derecho.
En relación con la prestación de servicios municipales, las numerosas quejas recibidas han vuelto a reflejar problemas que preocupan a los ciudadanos por afectar de manera inmediata en su vida cotidiana. En muchos casos estas quejas han sido presentadas frente a pequeños municipios para exigir la continuidad y la calidad de prestaciones básicas; pero junto a las reclamaciones procedentes de municipios de menor tamaño, también hemos apreciado un cierto incremento de quejas referentes a la prestación de servicios públicos esenciales en municipios de tamaño mayor e, incluso en ciudades, por la deficiente prestación de ciertos servicios en determinadas zonas o barrios de las mismas.
Precisamente con referencia a los servicios locales, el abastecimiento de agua potable ha sido en 2025 la materia que mayor número de quejas y actuaciones de oficio ha concentrado.
En efecto, más allá de las numerosas quejas recibidas en relación con la prestación de este servicio público, y que hemos resuelto caso por caso; a través de diferentes vías, tales como registros oficiales u otras fuentes de información, normalmente medios de comunicación, hemos conocido numerosos episodios de contaminación en abastecimientos de pequeños municipios de todas las provincias de la Comunidad por la recurrente presencia de ciertos contaminantes, especialmente nitrato y, en menor medida, arsénico; una reiteración y extensión territorial que permite apreciar un problema estructural, por lo que entendimos que era oportuno incoar tantas actuaciones de oficio como municipios supiéramos que sufrían el problema, lo que determinó la tramitación de 98 expedientes de oficio, con objeto de constatar la existencia de contaminación en los suministros correspondientes; en cuyos casos, mediante nuestras resoluciones instamos a las corporaciones municipales a actuar con la máxima diligencia reforzando los controles sanitarios, a adoptar medidas correctoras inmediatas, a proporcionar suministros alternativos hasta la normalización del servicio e implantar soluciones técnicas que permitan evitar la repetición de esos episodios, además de cumplir con el deber de proporcionar a la población información clara, continua y accesible sobre la situación del abastecimiento y sobre las actuaciones emprendidas.
A la vista de lo actuado, dada la persistencia de estas incidencias y la limitada capacidad de respuesta de la mayor parte de los ayuntamientos, entendimos que era necesario conocer la actuación de las instituciones provinciales de Burgos, Salamanca, Soria, Segovia y Valladolid, por ser las provincias en las que habíamos apreciado un mayor número de episodios de contaminación; por lo que promovimos en relación con ellas las correspondientes actuaciones de oficio.
En nuestras resoluciones recomendamos a estas que incorporaran la prevención y corrección de la contaminación del agua de consumo como línea estratégica prioritaria de actuación, que establecieran criterios objetivos de identificación y priorización de municipios con riesgo de contaminación, que previeran líneas estables de financiación para afrontar inversiones iniciales, así como para la explotación y mantenimiento de los sistemas de tratamiento ya existentes, además de la asistencia técnica requerida por los ayuntamientos de menor capacidad de gestión. Todas las diputaciones a las que nos dirigimos aceptaron nuestras recomendaciones.
También promovimos actuaciones de oficio en relación con las diputaciones provinciales en cuanto titulares de servicios de prevención y extinción de incendios; mediante las cuales constatamos que existen diferencias en cuanto a la implantación, cobertura y profesionalización de los diferentes servicios provinciales y, en consecuencia, emitimos las correspondientes resoluciones dirigidas a todas las diputaciones provinciales, excepto a la de Valladolid; en las cuales, en síntesis, recomendamos que culminaran el despliegue de las redes provinciales de parques, avanzaran en la profesionalización de las plantillas, garantizaran la realización de guardias presenciales en puntos estratégicos y reforzaran la coordinación interadministrativa, en la consideración de que la prestación de servicios tan esenciales como el de extinción de incendios exige contar con estructuras estables, medios suficientes y una cobertura territorial homogénea, especialmente en el medio rural. Nuestras resoluciones fueron aceptadas, salvo en los casos de las Diputaciones provinciales de Burgos y Zamora, de las que no hemos recibido respuesta.
Fomento
En las materias que integramos, a efectos de la organización de nuestro trabajo, en el área de Fomento, es decir, Urbanismo, Vivienda, Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones y Sociedad de la Información y del Conocimiento, recibimos 294 quejas y hemos emitido 123 Resoluciones.
Urbanismo. Como en ejercicios anteriores, en materia urbanística el mayor número de quejas ha estado relacionado con la aplicación de la legislación del suelo y ordenación urbana, en concreto, han sido 152; en su mayor parte motivadas por la inactividad municipal ante el incumplimiento del deber de conservación de los inmuebles que impone la normativa urbanística a los propietarios, así como por la existencia de edificaciones en avanzado estado de abandono o de ruina. También hemos sido requeridos para que actuáramos ante autoridades municipales por la excesiva demora en la resolución de solicitudes de licencias urbanísticas. Cuestiones, unas y otras, sobre las que hemos dictado 66 resoluciones, las cuales, en su mayor parte, fueron aceptadas por los ayuntamientos a los que nos dirigimos.
Relacionadas, precisamente, con la falta de cumplimiento del deber de conservación que pesa sobre los propietarios de bienes inmuebles, el pasado verano recibimos un importante número de quejas en las que se denunciaba el riesgo de incendio en solares y otros espacios urbanos o periurbanos por la proliferación de maleza, sin que las correspondientes autoridades municipales ejercieran las competencias para las que les habilita el ordenamiento urbanístico. De las quejas recibidas sobre este asunto, 2 fueron múltiples, conforme ya he indicado anteriormente.
Dado que las mayor parte de las quejas a las que me estoy refiriendo fueron presentadas durante las semanas en que estábamos sufriendo una oleada de incendios forestales y urbano-forestales, dimos absoluta prioridad a la resolución de estas reclamaciones al considerar que la situación requería una actuación urgente, que no podía quedar supeditada a la tramitación ordinaria de los expedientes, por lo que nos dirigimos a los ayuntamientos mediante las correspondientes resoluciones evitando cualquier dilación, incluso sin solicitar los informes que de forma ordinaria requerimos antes de resolver, máxime cuando contábamos prácticamente en todos los casos con documentación gráfica remitida por quienes habían presentado las quejas.
En nuestras resoluciones urgimos a las autoridades municipales a adoptar de forma inmediata las medidas a que habilita la legislación urbanística, tanto en relación con los solares y fincas privadas como también en los terrenos o espacios públicos, para que ordenaran a los propietarios su limpieza o, en su caso, actuaran subsidiariamente, a costa de los propietarios de las fincas para, con ello, minimizar el riesgo de incendio. Las resoluciones emitidas fueron aceptadas por todos los ayuntamientos a los que nos dirigimos.
También sobre la base que proporcionan las mismas normas urbanísticas, promovimos una actuación de oficio mediante la que dictamos una resolución que dirigimos a los ayuntamientos de los municipios que superan los 20.000 habitantes instándoles a que ejercieran sus competencias y ordenaran a los propietarios de locales comerciales en desuso y negocios privados de actividad su adecentamiento y limpieza, dado que el estado de abandono en que en muchos casos se encuentran transmite una imagen de deterioro y degradación a la ciudad en su conjunto, que afecta, incluso, a entornos de significados valores históricos y culturales. Nuestra resolución fue aceptada por todas los ayuntamientos a los que nos dirigimos, a falta de recibir contestación por parte de las corporaciones municipales de Segovia y Soria.
Vivienda
En relación con el ejercicio del derecho a la vivienda recibimos 59 quejas y dictamos 34 resoluciones.
El mayor número tanto de quejas como de resoluciones emitidas se referían a la tramitación y resolución de expedientes de subvenciones destinadas a financiar el alquiler o la mejora energética de las viviendas, quejas en las que se manifestaba la contrariedad de sus remitentes, según los casos, por la denegación de la solicitud, por la excesiva demora en el pago de la cantidad reconocida o, en fin, por la tardanza en la resolución de los recursos interpuestos frente a las resoluciones dictadas. Como la mayor parte de los supuestos que conocimos aludían al retraso en el pago de la cantidad concedida o de la resolución de recursos, instamos a la Consejería de Economía y Hacienda a que agilizara las comprobaciones previas al pago de la subvenciones concedidas, para hacerlo efectivo cuanto antes, así como la resolución de forma expresa y motivada de los recursos pendientes. Nuestras resoluciones fueron aceptadas en todos los casos.
Así mismo, a través de 17 quejas evidenciamos las dificultades de las personas a que se referían las quejas para acceder a una vivienda pública en régimen de alquiler social, por lo que, como en años anteriores, hemos constatado el insuficiente número de inmuebles destinados a esa finalidad, por lo que en las 7 resoluciones que dictamos insistimos en la necesidad de incrementar el parque público de vivienda destinado al alquiler social. La Administración autonómica en sus contestaciones manifestó que el fomento del alquiler social es una prioridad en su política de vivienda.
Medio ambiente
Sobre cuestiones relacionadas con el medio ambiente, hemos recibido 223 quejas, 2 de ellas múltiples, y hemos emitido 61 resoluciones. De las múltiples, una de ellas integrada por 2.962 reclamaciones se refería a la instalación de una planta para la generación de energía térmica con biomasa en el complejo de energías renovables de la red de calor sostenible de León, queja que archivamos al haber tenido conocimiento de que habían sido interpuestos distintos recursos contencioso-administrativos frente a la declaración del Proyecto de interés regional y la autorización ambiental.
En 14 resoluciones hemos recomendado a otros tantos Ayuntamientos que actúen para limitar el ruido nocturno generado por establecimientos de ocio conforme establece la Ley del Ruido de Castilla y León. En general en estos casos nuestras resoluciones fueron aceptadas.
En la línea de lo actuado en años anteriores, también hemos dictado varias resoluciones, en concreto 10, a partir de quejas relacionadas con la celebración de los festejos populares en pequeñas localidades, fundamentalmente por la localización y desarrollo de conciertos y actuaciones musicales. En nuestras resoluciones hemos insistido en que los Ayuntamientos deben motivar las decisiones que adoptan para evitar posibles arbitrariedades, debiendo determinar, además, tanto las características y potencia de los equipos de reproducción y de amplificación sonora, como la hora de finalización, conforme a la legislación reguladora de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad. Nuestras resoluciones, en general, han sido aceptadas.
También resolvimos una queja en la que se denunciaba la contaminación odorífera que sufrían los vecinos de las viviendas más inmediatas a una zona con actividad industrial de la ciudad de Valladolid. En este caso, dirigimos una resolución a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para que, al ser una actividad sujeta a autorización ambiental, asegurara el cumplimiento estricto de las condiciones impuestas, así como la aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles. Igualmente, instamos al Ayuntamiento de Valladolid a que comprobase si los vertidos procedentes de la industria en cuestión se ajustaban a las condiciones de la autorización otorgada, así como a los límites y prohibiciones fijados en el Anexo III del vigente Reglamento del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento. Nuestra resolución fue aceptada por ambas Administraciones.
Por último, me referiré a dos actuaciones de oficio. En una nos ocupamos de las plantas de producción de energía fotovoltaica considerando el momento en que pierdan utilidad, en la que remitimos una resolución prospectiva dirigida a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para que valorara la necesidad de establecer con tiempo sistemas que garanticen la recogida, almacenamiento, valorización y eliminación de los residuos que se generen con la masiva obsolescencia de estas plantas que se ha de producir con el paso del tiempo. La Consejería aceptó nuestras recomendaciones.
En una segunda actuación de oficio, dirigimos una resolución también a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para que valorase la oportunidad de implementar medidas que fomenten la ganadería extensiva como medio de control natural de la vegetación para la prevención de incendios forestales. En este caso, nuestra resolución no fue aceptada.
Educación
En lo que se refiere al servicio educativo recibimos 125 quejas y formulamos 38 resoluciones. También iniciamos 6 actuaciones de oficio y dictamos 5 resoluciones.
Con referencia a la enseñanza no universitaria, recibimos 82 quejas y formulamos 24 resoluciones. Concretamente, en relación con la admisión para el primer ciclo de educación infantil, dictamos una resolución en la que nos manifestamos en favor de la unificación de los procedimientos de admisión del alumnado en los centros sostenidos con fondos públicos, es decir, sin que exista un régimen específico para el alumnado del primer ciclo de educación infantil, al entender que con ello se lograría garantizar la continuidad en un mismo centro educativo de los alumnos de ese primer ciclo una vez finalizado, así como la aplicación sin excepción del criterio prioritario de la escolarización de hermanos en el centro solicitado. Nuestra resolución no fue aceptada por la Consejería de Educación.
Sobre educación especial recibimos 22 quejas y formulamos 11 resoluciones. De ellas 7 se referían a los apoyos destinados a la atención del alumnado con necesidades educativas especiales y 4 al alumnado con Síndrome de Down.
En una de nuestras resoluciones mantuvimos que los apoyos que han de recibir los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales deben coincidir con los señalados en los dictámenes de escolarización y que, en los supuestos de bajas o permisos de los docentes y profesionales destinados a la atención de dicho alumnado, estos sean sustituidos a la mayor brevedad, sin que esas situaciones determinen un aumento de la carga de trabajo para quienes ya tienen asignado su propio alumnado. Igualmente consideramos que no se deben reducir los apoyos prestados al alumnado con necesidades educativas especiales en la etapa de secundaria y en los estudios postobligatorios, así como que los centros educativos deben promover y facilitar la coordinación de los recursos de que disponen los órganos competentes en materia de educación, sanidad y servicios sociales, además de otras instancias que presten apoyos externos al alumnado con necesidades educativas especiales, todo ello para satisfacer más eficazmente las necesidades que presenta la educación especial. La resolución fue aceptada parcialmente por la Consejería de Educación.
En otra de las resoluciones que dirigimos a esta Consejería solicitamos que se incrementara con la mayor urgencia la oferta de ciclos formativos dirigidos específicamente a personas con necesidades educativas o formativas especiales, para facilitar su inclusión en el ámbito social y laboral. La resolución fue aceptada.
Los días 28 y 29 de octubre de 2025 celebramos en Zaragoza las XXXVIII Jornadas de Coordinación de Defensorías del Pueblo, sobre el tema “Vulnerabilidad en las aulas”, en las que, a partir del taller preparatorio que realizamos en León y las sesiones que llevamos a cabo en Zaragoza, formulamos un documento técnico y unas conclusiones en las que pusimos de manifiesto una serie de medidas dirigidas, en síntesis, a que la educación sea un factor que contribuya a compensar las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales de los escolares. Dichas conclusiones, además de estar publicadas en la página web del Procurador del Común, las incorporamos a una resolución que dirigimos a la Consejería de Educación en el marco de una actuación de oficio que promovimos, resolución que fue aceptada.
Sobre la enseñanza universitaria recibimos 14 quejas, y formulamos 3 resoluciones. De ellas destacamos la emitida a la Universidad de Valladolid sobre los criterios para la conversión de las calificaciones obtenidas en centros extranjeros con motivo de los programas de movilidad de estudiantes, como el Erasmus+, dado que dichos criterios no eran los mismos en sus distintos centros.
A través de la resolución que dictamos recomendamos a dicha Universidad que unificara los criterios por los que se deban regir el reconocimiento y la conversión de las calificaciones otorgadas en centros extranjeros para garantizar a los estudiantes que cursen esos programas una mayor claridad y seguridad jurídica. Nuestra resolución fue aceptada por la Universidad de Valladolid.
Con posterioridad promovimos ante el resto de las universidades públicas de la Comunidad una actuación de oficio para comprobar si se estaban produciendo situaciones similares y, en su caso, para que fueran corregidas, actuación que ha sido resuelta a principios de 2026.
Cultura
En lo referente al ámbito de la cultura, recibimos 18 quejas y dictamos 14 resoluciones.
Entre las resoluciones formuladas destacamos 2 en las en las que pedimos la adopción de medidas para la protección y conservación de sendos Bienes de Interés Cultural. En concreto, el templo de Santa Columba de Villamediana, en la provincia de Palencia, y el dolmen de El Turrión de Navalmorales, en la provincia de Salamanca; en el primer caso nuestra resolución fue parcialmente aceptada en cuanto solicitamos que la Consejería se dirigiera a la Iglesia Católica, como titular del templo, para que adoptara las medidas que fueran necesarias en orden a su conservación; y en el segundo recomendamos a la Administración que valorara la procedencia de llevar a cabo los estudios e investigaciones que fueran precisos para conocer el estado actual de los restos del túmulo; resolución esta que fue rechazada.
Turismo
En materia de turismo se registraron 13 quejas que dieron lugar a 11 resoluciones.
De ellas 2 se referían a la adjudicación provisional de destinos de la campaña de viajes del programa “Club de los 60” para el año 2025 y, más específicamente, sobre las valoraciones de las propuestas presentadas por las agencias de turismo. En ambas resoluciones recomendamos a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades que, en próximas ediciones, el apartado de la “idoneidad de la planificación” previsto en las Condiciones Generales del Programa y, dentro de este, el “criterio de calidad”, de aplicación potestativa, o bien tuviera un contenido más objetivo, o bien fuera menos decisivo para la adjudicación de los destinos, o ambas cosas a la vez, dado que la aplicación de ese apartado podía incidir de forma decisiva en la adjudicación de los destinos a unas u otras empresas. Las 2 resoluciones fueron aceptadas.
Deporte
En lo que referente al deporte registramos 5 quejas y fueron emitidas 2 resoluciones.
Una de ellas la dirigimos al Ayuntamiento de León en relación con un Centro de Deporte y Ocio de la ciudad, para que garantizara una adecuada oferta de actividades, la limpieza de las instalaciones y unas idóneas condiciones higiénico sanitarias de las mismas, todo ello conforme a lo previsto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Técnicas que rigen la concesión de la explotación del centro. El Ayuntamiento aceptó nuestra resolución.
Industria, comercio, empleo, seguridad social y prestaciones
En las materias que integran el área de Industria, Comercio, Empleo y Seguridad Social y Prestaciones, registramos 94 solicitudes de actuación. En concreto, en el apartado de industria fueron 35; en relación con la actividad comercial 7; sobre el empleo se suscitaron 9 quejas; relativas a la Seguridad Social y prestaciones públicas 43, de las cuales, por razones competenciales, 32 las remitimos al Defensor del Pueblo.
Dictamos 27 resoluciones en relación con las materias referidas; 14 de ellas en expedientes relativos a industria; 2 en materia de comercio, 5 relacionadas con empleo y 6 con prestaciones públicas.
Industria
El mayor número de reclamaciones relativas a la industria se referían a cuestiones relacionadas con la tramitación, resolución y pago de las subvenciones de ahorro energético acogidas a la Orden de 24 de septiembre de 2021, de la Consejería de Economía y Hacienda, con destino a la instalación de sistemas fotovoltaicos de autoconsumo en viviendas. Las 10 resoluciones que hemos dictado sobre ello fueron aceptadas.
También tuvimos ocasión de analizar en diferentes expedientes diversas cuestiones en relación con el suministro eléctrico, tales como la ausencia de respuesta municipal a un escrito en el que se denunciaba la situación de una planta fotovoltaica sin funcionamiento ubicada en una pequeña población de la provincia de Palencia; la falta de retirada de elementos del alumbrado público instalados en la fachada de una vivienda situada en una localidad de la provincia de León, pese a haber sido soterrado el cableado en el municipio; así como, por último, la demora en la resolución de una reclamación por parte del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Segovia, frente a una facturación eléctrica. En todos los casos, nuestras resoluciones fueron aceptadas por las administraciones a las que nos dirigimos.
Comercio
En relación con el ejercicio de la actividad comercial conocimos de la denegación de la solicitud de instalación de un puesto en el mercado medieval que se celebra anualmente en San Esteban de Gormaz, en la provincia de Soria, frente a cuya reclamación nos dirigimos al Ayuntamiento para indicarle que decisiones como la que generó la queja deben ser motivadas, a la vez que recomendamos que se establecieran, mediante criterios objetivos y neutrales, las condiciones de participación en dicho mercado, máxime cuando su celebración ya había alcanzado 15 ediciones. Nuestra resolución fue aceptada.
Empleo
En lo referente al empleo, me referiré, en primer lugar, a 2 resoluciones dictadas en relación con otras tantas acciones formativas. Así, una de ellas la dictamos a partir de una queja que recibimos por la exclusión de una persona desempleada de un programa público mixto de formación y empleo organizado por el Ayuntamiento de Ávila y el ECYL, destinado a la obtención de un certificado de profesionalidad; y la otra obedecía a una reclamación por la exclusión de una persona de una acción formativa organizada por el Ayuntamiento de Salamanca dentro del Programa de Empleo, Educación, Formación y Economía Social. Nuestras resoluciones fueron aceptadas.
En otro expediente analizamos la falta de respuesta a solicitudes de homologación salarial de los trabajadores de los centros y servicios asistenciales de atención a la discapacidad con otros trabajadores de este sector que prestan sus servicios en otras comunidades autónomas; reivindicación que reiteradamente había sido planteada a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, y que mediante nuestra resolución recomendamos que fuera satisfecha, recomendación que no fue aceptada.
Seguridad Social y prestaciones
En lo referente a prestaciones públicas de las 6 resoluciones que emitimos, 3 ponían fin a 3 expedientes. En concreto, 2 de ellos tenían su fundamento, respectivamente, en la percepción simultánea de la Renta Garantizada de Ciudadanía y una pensión no contributiva de jubilación, y de aquella (Renta Garantizada de Ciudadanía) con el denominado Ingreso Mínimo Vital; la tercera resolución tuvo su origen en la denegación de la Renta Garantizada de Ciudadanía por incumplimiento del requisito consistente en que los miembros en edad laboral de la familia deben estar inscritos como demandantes de empleo en la fecha de la solicitud. En ninguna de las 3 resoluciones que dictamos apreciamos irregularidad en la actuación pública, pese a ello efectuamos algunas recomendaciones generales tendentes a que se agilizaran los pronunciamientos por parte de la Administración.
Por último, daré cuenta de un expediente en el que analizamos la falta de remisión al Instituto Nacional de la Seguridad Social, por parte del Ayuntamiento de Ávila, de documentación relativa a la situación laboral de una persona que prestó servicios en esa entidad local en dos periodos comprendidos entre 1981 y 1983. En la resolución que dictamos recomendamos al Ayuntamiento que llevara a cabo las actuaciones necesarias para que los periodos trabajados en dicha entidad local pudieran reflejarse como efectivamente cotizados en el informe de vida laboral para el cálculo de la pensión de jubilación de la persona concernida. Nuestra resolución fue aceptada.
Agricultura, ganadería y desarrollo rural
En materia agricultura y ganadería recibimos 49 reclamaciones, y hemos formulado 14 resoluciones. También tramitamos y resolvimos una actuación de oficio.
De las quejas recibidas, 5 se referían a otros tantos procesos de concentración parcelaria, procesos en los que, como venimos haciendo, recomendamos a los Servicios Territoriales de la Administración autonómica que promuevan los consensos necesarios entre las personas interesadas en la reordenación de la propiedad. En esa línea, ante la oposición a una concentración parcelaria promovida en una pequeña localidad de la provincia de Zamora, en la resolución que dirigimos a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, recomendamos que se fomentase la participación de los propietarios en la toma de decisiones que se fueran a adoptar sobre la distribución de las fincas resultantes. La resolución fue aceptada.
En relación con la actividad ganadera, nos fue presentada una queja para que el titular de una explotación de ganado vacuno de un municipio de la provincia de Salamanca fuera resarcido de los daños y perjuicios que había sufrido al haber sido sacrificadas las reses de su explotación en el marco de una campaña de saneamiento ganadero desarrollada entre los años 2018 y 2021. En nuestra resolución pedimos que se resolviera cuanto antes el expediente y se hiciera efectiva la indemnización, resolución que fue aceptada por la Consejería competente en la materia.
Por último, me referiré a una actuación de oficio que promovimos ante la posible demora en la tramitación de los procedimientos de renovación de los carnets necesarios para la utilización de productos fitosanitarios, dado que estaba muy próxima la conclusión del plazo de diez años de validez de los aproximadamente 44.000 carnets que habían sido expedidos en 2015. En nuestra resolución formulamos varias recomendaciones a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural para evitar que el retraso en la renovación pudiera afectar a la aplicación de los tratamientos ordinarios de sanidad vegetal. La Consejería aceptó la resolución.
Interior
Durante el año 2025 recibimos 103 quejas relacionadas con el área de Interior. De ellas 76 hacían referencia a cuestiones de tráfico y seguridad vial, 19 a seguridad ciudadana, 6 a protección civil y 2 a otras materias conexas con las citadas. Emitimos 43 resoluciones.
En el ámbito de la seguridad vial nos fue presentada una queja por el funcionamiento de un semáforo regulador dc un paso de peatones situado frente a la estación de ADIF en León. Pues bien, aunque constatamos que el semáforo funcionaba correctamente, dada su localización, propusimos una serie de mejoras para garantizar un uso más seguro del paso de peatones, especialmente para personas con discapacidad visual o auditiva. Nuestra resolución fue aceptada.
También recibimos una queja en la que se denunciaba la circulación de bicicletas y, sobre todo, de patinetes eléctricos por aceras y zonas peatonales en la ciudad de León. Nos informamos de que una ordenanza municipal prohibía expresamente esta práctica, por lo que en nuestra resolución indicamos al Ayuntamiento que debía actuar para conseguir su efectivo cumplimiento, para lo que propusimos diversas medidas a adoptar, tales como realizar campañas informativas, colocar señalizaciones en lugares adecuados, reforzar la vigilancia de la Policía Local y ejercer de forma efectiva, cuando fuera necesario, la potestad sancionadora. El Ayuntamiento aceptó la resolución.
Precisamente en relación con el problema que suscita la circulación de los patinetes eléctricos en nuestras ciudades, hemos promovido en 2025 y resuelto ya a principios de 2026 una actuación de oficio dirigida a los municipios de más de 50.000 habitantes.
También hemos recibido varias quejas por irregularidades en la tramitación municipal de procedimientos sancionadores en materia de tráfico, quejas que hemos resuelto analizando los correspondientes expedientes tramitados, y deduciendo, en buena parte de los casos que hemos conocido, vicios invalidantes de las resoluciones emitidas; por lo que en estos casos, en nuestras resoluciones recomendamos la revocación de los actos sancionadores, con devolución de lo percibido por los ayuntamientos correspondientes en concepto de sanción y, en su caso, los intereses devengados; resoluciones que, en general, han sido aceptadas.
Sanidad y consumo
En materia de sanidad y consumo recibimos 230 quejas, de las cuales 205 lo fueron en materia de sanidad y 25 en materia de consumo. A las quejas presentadas debemos añadir 5 actuaciones de oficio promovidas en ese mismo ejercicio.
El mayor número de reclamaciones registradas en materia de sanidad estuvo relacionado con la gestión de las listas de espera y las demoras en la atención sanitaria, supuestos frente a los que en nuestras resoluciones hemos insistido en que una excesiva demora en obtener la asistencia sanitaria no se corresponde con el derecho y las expectativas de las personas a recibir una atención sanitaria adecuada, por lo que, consecuentemente, hemos reclamado la implementación de las medidas oportunas para agilizar las listas de espera y, con ello, la mejora de la asistencia sanitaria.
También resolvimos 2 actuaciones de oficio relacionadas con la gestión de las listas de espera. La primera de ellas acerca de las demoras en la atención prestada por la Unidad del dolor de Zamora; y la segunda tuvo por objeto la lista de espera en las consultas de cirugía plástica y reparadora del Hospital Universitario de Burgos, pues de acuerdo con los datos publicados en el Portal de Salud de la Junta de Castilla y León, al finalizar el año 2024 la práctica totalidad de pacientes en espera para una primera consulta en esta especialidad correspondían al citado centro hospitalario, cuyas demoras eran las más altas de la Comunidad. De las correspondientes resoluciones que dictamos, la primera la consideramos aceptada y la segunda solo en algunos de sus contenidos.
La prestación de asistencia sanitaria y farmacéutica en el medio rural también ha determinado la tramitación de algunos expedientes de queja motivados por la solicitud de reapertura de consultorios locales, como la referida al municipio de Villamol, en la provincia de León, o de oficinas de farmacia, como fue el caso de Villar del Río, en la provincia de Soria. En las resoluciones emitidas al respecto hemos reiterado el deber de las Administraciones públicas de garantizar una correcta prestación de los servicios públicos en las poblaciones rurales y, con ello, facilitar a sus habitantes los servicios básicos que permitan el ejercicio de sus derechos en igualdad de condiciones a los que disfrutan las personas residentes de las áreas urbanas.
Precisamente, considerando la necesidad de que se mantengan las farmacias rurales tramitamos un expediente de oficio, en cuya resolución insistimos en el papel fundamental que desempeñan las oficinas de farmacia en la medida en que contribuyen a garantizar la salud pública en el medio rural, además de constituir un factor que también contribuye, junto con otros, siquiera indirectamente, al sostenimiento demográfico de las poblaciones rurales, por lo que recomendamos la adopción de una serie de medidas que consideramos pueden ayudar a mantener su viabilidad. Nuestra resolución no fue aceptada por la Consejería de Sanidad.
También nos hemos ocupado, a partir de las quejas recibidas, de la atención pediátrica en nuestra Comunidad, concretamente de la asistencia sanitaria prestada a la población infantil en el Centro de Salud de Guardo, en la provincia de Palencia, puesto que en la queja que nos fue presentada se indicaba que, al no disponer de pediatra, eran los profesionales de atención primaria los responsables de la asistencia. En nuestra resolución mantuvimos que la atención a la población infantil debe prestarse por profesionales especializados en Pediatría también en el medio rural, aunque somos conocedores de la escasez de facultativos de esta especialidad a nivel nacional. Nuestra resolución no fue aceptada.
Nos hemos pronunciado igualmente sobre diversos aspectos que afectan a la financiación de los gastos sanitarios que soportan los pacientes o sus familias. Por ejemplo, formulamos una resolución a la vista de que las ortesi