Durante el último año esta Defensoría se ha ocupado de varias cuestiones que tienen relación con la protección, el cuidado y la defensa de las zonas verdes ubicadas en los municipios de mayor población de nuestra Comunidad, y en este contexto se planteó el inicio de esta actuación de oficio ya que nuestro objetivo era examinar la situación de los caminos ubicados en los entornos urbanos, puesto que, a nuestro juicio, la existencia de estas vías de comunicación es básica para garantizar la conexión peatonal de las zonas verdes de nuestras ciudades con las áreas verdes periurbanas y de naturaleza exterior. Así, el derecho de todos los ciudadanos a transitar por los caminos públicos se relaciona con el derecho a un medio ambiente adecuado, con el derecho a disfrutar del ocio y del tiempo libre y con derecho a la salud.
Tras solicitar información a todos los municipios de nuestra Comunidad de más de 5 mil habitantes y a la vista de los datos recabados, se ha dirigido a estas Administraciones una serie de recomendaciones generales para intentar contribuir, entre todos, a mejorar la situación, conservación y pervivencia de estas vías de comunicación de dominio público, sobre todo y por lo que atañe a esta actuación de oficio, de las situadas en los entornos urbanos, en las que su utilización, ligada habitualmente a los usos tradicionales, está cambiando a otros usos alternativos ligados a otro tipo de funciones, como la ecológica, social, cultural, recreativa, etc.
En este sentido instamos a los Ayuntamientos, que no lo hayan hecho aún, a que procedan a incluir todos los caminos de su titularidad en el Inventario de Bienes municipales y en el Registro de la Propiedad, para garantizar así su protección frente a terceros. Por otro lado les recomendamos que efectuasen una vigilancia efectiva frente a las posibles usurpaciones, para evitar así que se consoliden situaciones posesorias privadas que dificulten su recuperación. Nos referimos, igualmente, a las labores de mantenimiento que deben efectuarse en los caminos para contribuir a facilitar su adecuada utilización por parte de todos los ciudadanos, creemos que el fomento del uso público de los caminos resulta un método muy eficaz para su custodia y protección, ya que implicar a sectores mayoritarios de la ciudadanía hace que, en general, se considere a los caminos como parte del patrimonio colectivo favoreciendo su pervivencia.
Recomendamos que, en su caso, los Ayuntamientos regularan la utilización de los caminos de su titularidad mediante ordenanzas locales, que podrían tener en cuenta, además de los usos tradicionales de estas vías ( agrícolas, ganaderas, forestales, etc.) las nuevas necesidades de protección del medio ambiente, de ocio, deportivas, etc. que estos caminos atienden. Por último instamos a los Ayuntamientos a potenciar su uso como medio de acceso cómodo y seguro al entorno natural, teniendo en cuenta las crecientes demandas sociales al respecto.
Durante el último año esta Defensoría se ha ocupado de varias cuestiones que tienen relación con la protección, el cuidado y la defensa de las zonas verdes ubicadas en los municipios de mayor población de nuestra Comunidad, y en este contexto se planteó el inicio de esta actuación de oficio ya que nuestro objetivo era examinar la situación de los caminos ubicados en los entornos urbanos, puesto que, a nuestro juicio, la existencia de estas vías de comunicación es básica para garantizar la conexión peatonal de las zonas verdes de nuestras ciudades con las áreas verdes periurbanas y de naturaleza exterior. Así, el derecho de todos los ciudadanos a transitar por los caminos públicos se relaciona con el derecho a un medio ambiente adecuado, con el derecho a disfrutar del ocio y del tiempo libre y con derecho a la salud.
Tras solicitar información a todos los municipios de nuestra Comunidad de más de 5 mil habitantes y a la vista de los datos recabados, se ha dirigido a estas Administraciones una serie de recomendaciones generales para intentar contribuir, entre todos, a mejorar la situación, conservación y pervivencia de estas vías de comunicación de dominio público, sobre todo y por lo que atañe a esta actuación de oficio, de las situadas en los entornos urbanos, en las que su utilización, ligada habitualmente a los usos tradicionales, está cambiando a otros usos alternativos ligados a otro tipo de funciones, como la ecológica, social, cultural, recreativa, etc.
En este sentido instamos a los Ayuntamientos, que no lo hayan hecho aún, a que procedan a incluir todos los caminos de su titularidad en el Inventario de Bienes municipales y en el Registro de la Propiedad, para garantizar así su protección frente a terceros. Por otro lado les recomendamos que efectuasen una vigilancia efectiva frente a las posibles usurpaciones, para evitar así que se consoliden situaciones posesorias privadas que dificulten su recuperación. Nos referimos, igualmente, a las labores de mantenimiento que deben efectuarse en los caminos para contribuir a facilitar su adecuada utilización por parte de todos los ciudadanos, creemos que el fomento del uso público de los caminos resulta un método muy eficaz para su custodia y protección, ya que implicar a sectores mayoritarios de la ciudadanía hace que, en general, se considere a los caminos como parte del patrimonio colectivo favoreciendo su pervivencia.
Recomendamos que, en su caso, los Ayuntamientos regularan la utilización de los caminos de su titularidad mediante ordenanzas locales, que podrían tener en cuenta, además de los usos tradicionales de estas vías ( agrícolas, ganaderas, forestales, etc.) las nuevas necesidades de protección del medio ambiente, de ocio, deportivas, etc. que estos caminos atienden. Por último instamos a los Ayuntamientos a potenciar su uso como medio de acceso cómodo y seguro al entorno natural, teniendo en cuenta las crecientes demandas sociales al respecto.
Durante el último año esta Defensoría se ha ocupado de varias cuestiones que tienen relación con la protección, el cuidado y la defensa de las zonas verdes ubicadas en los municipios de mayor población de nuestra Comunidad, y en este contexto se planteó el inicio de esta actuación de oficio ya que nuestro objetivo era examinar la situación de los caminos ubicados en los entornos urbanos, puesto que, a nuestro juicio, la existencia de estas vías de comunicación es básica para garantizar la conexión peatonal de las zonas verdes de nuestras ciudades con las áreas verdes periurbanas y de naturaleza exterior. Así, el derecho de todos los ciudadanos a transitar por los caminos públicos se relaciona con el derecho a un medio ambiente adecuado, con el derecho a disfrutar del ocio y del tiempo libre y con derecho a la salud.
Tras solicitar información a todos los municipios de nuestra Comunidad de más de 5 mil habitantes y a la vista de los datos recabados, se ha dirigido a estas Administraciones una serie de recomendaciones generales para intentar contribuir, entre todos, a mejorar la situación, conservación y pervivencia de estas vías de comunicación de dominio público, sobre todo y por lo que atañe a esta actuación de oficio, de las situadas en los entornos urbanos, en las que su utilización, ligada habitualmente a los usos tradicionales, está cambiando a otros usos alternativos ligados a otro tipo de funciones, como la ecológica, social, cultural, recreativa, etc.
En este sentido instamos a los Ayuntamientos, que no lo hayan hecho aún, a que procedan a incluir todos los caminos de su titularidad en el Inventario de Bienes municipales y en el Registro de la Propiedad, para garantizar así su protección frente a terceros. Por otro lado les recomendamos que efectuasen una vigilancia efectiva frente a las posibles usurpaciones, para evitar así que se consoliden situaciones posesorias privadas que dificulten su recuperación. Nos referimos, igualmente, a las labores de mantenimiento que deben efectuarse en los caminos para contribuir a facilitar su adecuada utilización por parte de todos los ciudadanos, creemos que el fomento del uso público de los caminos resulta un método muy eficaz para su custodia y protección, ya que implicar a sectores mayoritarios de la ciudadanía hace que, en general, se considere a los caminos como parte del patrimonio colectivo favoreciendo su pervivencia.
Recomendamos que, en su caso, los Ayuntamientos regularan la utilización de los caminos de su titularidad mediante ordenanzas locales, que podrían tener en cuenta, además de los usos tradicionales de estas vías ( agrícolas, ganaderas, forestales, etc.) las nuevas necesidades de protección del medio ambiente, de ocio, deportivas, etc. que estos caminos atienden. Por último instamos a los Ayuntamientos a potenciar su uso como medio de acceso cómodo y seguro al entorno natural, teniendo en cuenta las crecientes demandas sociales al respecto.
Se denunciaron en esta Procuraduría los daños generados a fincas privadas por los arrastres de restos de carbón procedentes de escombreras sin restaurar ubicadas en la localidad palentina de Velilla del Río Carrión. Tras constatar en la documentación remitida la veracidad del problema expuesto, las Administraciones competentes reconocían que existía una falta de mantenimiento de las mismas al encontrarse la empresa extractiva en concurso de acreedores como consecuencia del cierre de las minas de carbón en dicha comarca. En consecuencia, se recomendó al Ayuntamiento que se adopten las medidas pertinentes para llevar a cabo dichas tareas de mantenimiento, evitando que continúen los arrastres y lixiviados de carbón a la vía pública de su titularidad y a las propiedades colindantes.
Se presentó una queja en la que se denunciaban las molestias acústicas generadas por el comportamiento de varios inquilinos de un piso en la ciudad de Ávila. Tras realizar las averiguaciones pertinentes, se comprobó que el problema tenía su origen en el deficiente aislamiento acústico de dichas buhardillas, ya que dichos espacios se encuentran calificados como trasteros. En consecuencia, se recomendó al Ayuntamiento que, con independencia de la tramitación del expediente sancionador preceptivo, debería requerirse a su propietario su regularización al amparo del artículo 131 bis del PGOU de Ávila, debiendo aportar la documentación acreditativa del cumplimiento del aislamiento acústico exigidas por la Ordenanza municipal y vibraciones. Por último, en el supuesto de que el requerido hiciere caso omiso, se le instaba a adoptar todas las medidas pertinentes para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente, incluido, en su caso, la cesación del uso vividero.
El autor de la queja manifestaba su disconformidad con la falta de convocatoria para cubrir, de forma definitiva, la plaza de operario de servicios múltiples “a través de un proceso basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad”. En consecuencia, nos dirigimos hasta en tres ocasiones al Ayuntamiento, solicitando copia de toda la documentación relacionada con el puesto, así como información sobre las previsiones temporales para llevar a cabo la correspondiente convocatoria. Sin embargo, solamente resulta del informe remitido “que el operario fue designado por sorteo entre los interesados”.
En nuestra Resolución entendimos que, tal y como se señala en el Informe anual del Defensor del Pueblo Andaluz de 1998, «el procedimiento de “sorteo”, no previsto en ninguna de las normas sobre procedimientos selectivos para el acceso a funciones públicas, debe ser descartado para próximas selecciones de personal». Por lo tanto, se instó al Ayuntamiento a tener en cuenta que la selección del personal (funcionario y laboral) no puede llevarse a cabo mediante sorteo, sino a través de procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad (artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril), así como a agilizar la convocatoria para cubrir, de forma definitiva, y a través de dichos procedimientos, la plaza de operario de servicios múltiples.